martes, 7 de junio de 2016

ASAMBLEA NACIONAL EL 11 JUNIO DE 2016

COMPAÑEROS LA ASISTENCIA DE TODOS LOS SOCIOS/AS DEL SINDICATO ES OBLIGATORIA.






















06 junio 2016
LA HUELGA NO ES DELITO ES UN DERECHO.
COMPAÑEROS DEL COMITÉ EJECUTIVO, SEÑORES COORDINADORES PROVINCIALES Y SOCIAS/OS DEL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORAS/ES DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, CUMPLO EN INFORMARLES QUE CON FECHA 31 DE MAYO DE 2016, SE INGRESÓ LA DECLARATORIA DE HUELGA EN EL MINISTERIO DE TRABAJO, SIENDO ESTE EL ÚLTIMO RECURSO LEGAL QUE TENEMOS, TRÁMITE QUE ESTÁ PLENAMENTE GARANTIZADO EN LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA EN SU ARTÍCULO 326 NUMERAL 14 Y EN EL CÓDIGO DEL TRABAJO EN SU ARTÍCU 497, RESGUARDANDO QUE ESTA HUELGA ES LEGAL, GESTIÓN QUE OBLIGARA A LAS AUTORIDADES DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Y DEL MINISTERIO DE TRABAJO A QUE CUMPLAN CON NUESTRO DERECHO DE OBTENER NUESTRO PRIMER CONTRATO COLECTIVO, DONDE SE REFLEJARAN TODOS NUESTROS BENEFICIOS LABORALES QUE NO SE HAN CANCELADO DESDE EL 2011, COMO LO ESTABLECE EL ÚLTIMO ACUERDO MINISTERIAL NO. MDT-2015-0054 DEL 18 DE MARZO DE 2015, EMITIDO POR EL MINISTERIO DE TRABAJO, MISMO QUE ES DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO; ESTOS BENEFICIOS SON: LOS TECHOS SALARIALES, SUBSIDIOS DE ANTIGÜEDAD, FAMILIAR, COMISARIATO, SERVICIO DE TRANSPORTE, SERVICIO DE ALIMENTACIÓN, BENEFICIO RELACIONADO CON LA MUERTE O INCAPACIDAD DEL TRABAJADOR (SEGURO DE VIDA), BENEFICIO DE VESTIDO O ROPA DE TRABAJO, ADEMÁS CON LA NEGATIVA DE LAS AUTORIDADES DE TRABAJO Y DE DEFENSA PRETENDEN CAMBIARNOS DE RÉGIMEN LABORAL, PASANDO A TODOS LOS TRABAJADORES PÚBLICOS DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, COMANDO CONJUNTO, EJERCITO, MARINA, FUERZA AÉREA ECUATORIANA, ENTIDADES ADSCRITAS Y DE APOYO AL MIDENA, A PERTENECER A LA LEY ORGÁNICA DEL SECTOR PÚBLICO (LOSEP), DONDE PERDERÍAMOS MUCHOS BENEFICIOS LABORALES QUE TENEMOS EN LA ACTUALIDAD, IRRESPETANDO LO QUE ENUNCIA LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA Y EL CÓDIGO DEL TRABAJO QUE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES SON IRRENUNCIABLES, POR LO QUE LLAMO A LA UNIÓN DE TODOS LOS TRABAJADORES PÚBLICOS DEL MIDENA, COMACO, EJERCITO, MARINA, FAE, ENTIDADES ADSCRITAS Y DE APOYO, PARA LA DEFENSA DE NUESTROS DERECHOS LABORALES Y ESTAR UNIDOS EN ESTA HUELGA LEGAL Y PRESIONAR A LAS AUTORIDADES DEL MINISTERIO DE DEFENSA A FIRMAR NUESTRO PRIMER CONTRATO COLECTIVO, FUERZA COMPAÑEROS Y NO DESMAYAR EN ESTA LUCHA.
Llegar juntos es el principio. Mantenerse juntos, es el progreso. Trabajar juntos es el éxito”. Henry Ford.

Atentamente.
Solidaridad, Trabajo, Justicia y Libertad

Iván PEÑARANDA de la Torre
PRESIDENTE DEL SINDICATO.



03 junio 2016

Mañana (jueves 2 de junio) a partir de las 14:00, se llevará a cabo una audiencia de conciliación directa entre los representantes del Ministerio de Defensa y los dirigentes del Sindicato Único de Trabajadores del Ministerio de Defensa. La diligencia se llevará a cabo, luego de que el gremio presentara al Ministerio de Trabajo 'una declaratoria de huelga' para suspender sus actividades. Ramiro Lovato, abogado del sindicato, indicó que la medida se realiza en vista de que desde 2014 la Secretaría de Defensa no ha atendido las demandas para la suscripción de un contrato colectivo. Con ese antecedente, los trabajadores presentaron una reclamación colectiva, amparados en los derechos que contempla el Código de Trabajo. Lovato explicó que dentro de este trámite se presentaron las causales para la declaratoria de huelga. No obstante, recordó que el trámite tiene que seguir su curso y está fijado para la audiencia de conciliación. Para la diligencia, el tribunal tendrá que escuchar a las 2 partes. Luego los jueces deberán establecer las bases para llegar a una posibilidad de arreglo. "Esperamos que haya la suficiente sensibilidad de parte del Ministerio para que se cumpla con la Ley", expresó Lovato. El abogado explicó que se espera que se cumpla con lo establecido en la resolución 054 del Ministerio de Trabajo, en el caso del Contrato Colectivo. Esto se refiere a establecer los techos para los beneficios de orden social que tienen los trabajadores. Lovato aclaró que la huelga no está ejecutada. Pero si "está declarada". Indicó que una vez que se presenta la declaratoria de huelga, la autoridad del Trabajo tiene 24 horas para notificar a la parte empleadora (ministerio de Defensa) y de ahí empieza a correr el plazo de 20 días que establece el artículo 514 del Código de Trabajo para ejecutar la huelga como tal. Este medio de comunicación pidió una versión al departamento de Comunicación del Ministerio de Defensa. Ahí se indicó que el caso se encuentra en análisis. En cambio, en el Ministerio de Trabajo, se notificó que la entidad no se pronunciará sobre el tema, debido a que el proceso se encuentra en el Tribunal de Conciliación y Arbitraje.

02 junio 2016
DENUNCIAS EN LOS MEDIOS DE PRENSA DE DECLARATORIA DE HUELGA, DEL 02 DE JUNIO DE 2016, EN TELEVISIÓN ECUAVISA.






DENUNCIAS EN LOS MEDIOS DE PRENSA DE DECLARATORIA DE HUELGA, EN INTERNET.













01JUNIO 2016

Laboral. En la institución castrense laboran miles de empleados civiles.
Desde ayer está en curso el inicio de una huelga de los trabajadores civiles del Ministerio de la Defensa Nacional, previo al cumplimiento de los plazos legales. A escala nacional, en esta Secretaría laboran alrededor de 3.000 empleados.

Ramiro Lovato, abogado del sindicato único de trabajadores de la Cartera de Defensa, presentó en el Ministerio de Trabajo la figura de “declaratoria de huelga”.

Sin embargo, aclaró que el artículo 514 del Código de Trabajo señala que las empresas y entidades del servicio público tienen que ejecutar la huelga 20 días después de declarada.

Una vez que la autoridad de Trabajo notifique a la parte empleadora empezarán a correr los 20 días para que se ejecute el derecho constitucional a la huelga.

Posible fecha

De concretarse la medida, y de no llegar a un acuerdo con las autoridades del Ministerio de Defensa, la huelga iniciaría el 22 de junio previo a la definición de estrategias. Lovato también recuerda que la ley establece la definición de los “servicios mínimos para que el servicio público no quede desprovisto”. En el plazo de los 20 días, los trabajadores podrían desistir de la medida, si el Ministro “cumple con la ley”.

Sindicato legalizado

La organización sindical está conformada desde septiembre de 2012 y desde diciembre de ese año, el Ministerio de Trabajo solicitó a los empleador cumplir con el artículo 42, numeral 21 del Código de Trabajo para que se ejecute el descuento y pago del aporte sindical a todos los trabajadores y que, de acuerdo al estatuto es el 1.5% de la remuneración total.

“Esto ya se solicitó a los entonces ministros María Fernanda Espinosa, Fernando Cordero y ahora al ministro Ricardo Patiño y como no han cumplido, los trabajadores decidieron presentar un pliego de peticiones en enero de este año para que se dé cumplimiento con la norma”, agregó Lovato.
Constitucional

Lobato aclaró que el aporte sindical no es dinero del Ministerio, sino de los trabajadores y se utiliza en actividades sindicales. La declaratoria de huelga está amparada en la Constitución y se han configurado las causales establecidas en el artículo 497 del Código de Trabajo. 
(SC)
01 JUNIO 2016
DENUNCIAS EN LOS MEDIOS DE PRENSA DE DECLARATORIA DE HUELGA, DIARIO EXPRESO.

En curso inicio de huelga en Ministerio de Defensa
Miércoles, 1 de Junio de 2016



ACTUALIDAD NACIONAL
Trabajadores de Defensa declaran huelga
El sindicato quiere una reunión con el Ministro Ricardo Patiño
01 JUN 2016 / 00:00 


INFORMATIVO COMANDANCIA DEL EJERCITO, COMUNICAN SOBRE DECLARATORIA DE HUELGA.






















31 DE MAYO
DENUNCIAS EN LOS MEDIOS DE PRENSA DE DECLARATORIA DE HUELGA, DIARIO LA HORA.

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Actualidad nacional
Trabajadores de Defensa declaran huelga
El sindicato quiere una reunión con el Ministro Ricardo Patiño
01 jun 2016 / 00:00 
Se irán a la huelga. Los obreros del sindicato único del Ministerio de Defensa presentaron, ayer, una declaratoria de paralización de actividades, en el Ministerio del Trabajo.
Son, por ejemplo, los mensajeros, operarios, choferes o el personal de mantenimiento. Ellos están presididos por Iván Peñaranda. Él explicó a EXPRESO que, desde 2014, su empleador ha “hecho caso omiso al derecho a la contratación colectiva que tenemos”.
El sindicato hizo gestiones con los exministros María Fernanda Espinosa y Fernando Cordero, y con Ricardo Patiño. Ninguno respondió.
Ramiro Lovato, abogado del sindicato, dice que esas omisiones del ministerio impidieron la actividad sindical para defender los derechos de unos 3.000 trabajadores que están amparados por el Código del Trabajo.
Derechos que, recordó el defensor, están vigentes aún después de la aprobación de las enmiendas constitucionales aprobadas en diciembre de 2015.
¿Qué pasará ahora? Según Lovato, una vez que se notifique al ministro tiene que haber un acuerdo entre las partes para la prestación de servicios mínimos. Hay 20 días para esa negociación. Terminado ese tiempo, lo siguiente es la huelga.
Pero los trabajadores aseguran que están abiertos al diálogo y si, en esos 20 días, hay acuerdo la huelga quedaría sin efecto. El Ministerio de Defensa dijo a EXPRESO que el documento es de un sindicato con 72 miembros “y no representa a los sindicatos del Midena”. Agrega que es un pedido de permiso y no una notificación. MCV
Trabajadores del Ministerio de Defensa se declaran en huelga

Desde hoy 31 de mayo de 2016  está en curso el inicio de una huelga de los trabajadores civiles del ministerio de la Defensa Nacional de Ecuador, previo al cumplimiento de los plazos legales. A escala nacional, en esta Secretaría laboran alrededor de 3.000 empleados.
Ramiro Lovato, abogado del sindicato único de trabajadores de la Cartera de Defensa, presentó en el Ministerio de Trabajo la figura de “declaratoria de huelga”.
Sin embargo, aclaró que el artículo 514 del Código de Trabajo señala que las empresas y entidades del servicio público tienen que ejecutar la huelga 20 días después de declarada.
Una vez que la autoridad de trabajo notifique a la parte empleadora empezarán a correr los 20 días para que se ejecute el derecho constitucional a la huelga.
De concretarse la medida, y de no llegar a un acuerdo con las autoridades del ministerio de Defensa, la huelga iniciaría el 22 de junio previo a la definición de estrategias. Lovato también recuerda que la ley establece la definición de los “servicios mínimos para que el servicio público no quede desprovisto”.
En el plazo de los 20 días, los trabajadores podrían desistir de la medida, si el ministro Ricardo Patiño  “cumple con la ley”.

La organización sindical está conformada desde septiembre de 2012 y desde diciembre de ese año, el Ministerio de Trabajo solicitó a los empleador cumplir con el artículo 42, numeral 21 del Código de Trabajo para que se ejecute el descuento y pago del aporte sindical a todos los trabajadores y que, de acuerdo al estatuto es el 1.5% de la remuneración total.
“Esto ya se solicitó a los entonces ministros María Fernanda Espinosa, Fernando Cordero y ahora al ministro Ricardo Patiño,  y como no han cumplido, los trabajadores decidieron presentar un pliego de peticiones en enero de este año para que se dé cumplimiento con la norma”, agregó Lovato.