25 de Febrero 2021
El auto de fecha 25 de febrero del 2021 emitido por el Ministerio de Trabajo- Inspectoría de Trabajo- Doctora Gabriela Herdoiza, en el cual se declaró la inejecutabilidad del fallo emitido por el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de fecha 23 de enero de 2019.
6 de Marzo de 2021
la Corte Provincial de Justicia en
resolución de 23 de marzo de 2021, Aceptan la Acción de
"Aceptar la acción de protección presentada por el señor JOHNY IVÁN PEÑARANDA DE LA TORRE, en su calidad de Presidente del Sindicato Único de los Trabajadores del Ministerio de Defensa Nacional.- 2) Como medida de reparación integral, dejar sin efecto el acto administrativo de fecha 25 de febrero de 2021, a las 10h32 suscrito por la abogada Gabriela Herdoiza Olalla en su calidad de Inspectora de Trabajo dentro del expediente administrativo Nro. 0011546MTZ2017.- 3) Dejar a salvo el derecho que le asista a la parte accionada, acudiendo ante los órganos jurisdiccionales competentes en materia de conflictos colectivos y por medio de las vías adecuadas.- 4) Finalmente dejar a salvo a la parte accionante, las acciones administrativas, civiles y penales que puedan proseguir en contra de la Inspectora del Trabajo, misma que suscribió el acto administrativo impugnado conforme a lo prescrito en el artículo 233 de la Constitución de la República.- Ejecutoriada que sea esta sentencia, remítase a la Corte Constitucional, para su conocimiento y eventual selección, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 numeral 5 de la Constitución de la República, en concordancia con el artículo 25 numeral 1 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional."
Anexo Documento: https://drive.google.com/drive/u/1/my-drive